JUZGARÁN A POLICÍAS MUNICIPALES POR EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL

* Es el primer caso en todo México en que se realiza un proceso penal bajo el delito de Ejecución Extrajudicial, desde que se aprobó y tipificó el delito en Oaxaca a mediados de este año

Oaxaca.- 

Como parte del avance en el caso en el que se emplean los más altos estándares en materia de procuración de justicia y con perspectiva de derechos humanos, así como victimológica, la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) llevó ante el Juez y logró la imputación por el delito de ejecución extrajudicial en contra de dos personas (policías municipales) por los hechos en los que perdió la vida D. I. P. por disparo de arma de fuego, durante un incidente con la policía municipal de Santa Lucía del Camino en un punto de revisión por el operativo alcoholímetro.

La Fiscalía General del Estado detalló que, realizó los trabajos jurídicos necesarios para aplicar la reforma realizada al Artículo 292 Quarter del Código Penal del Estado de Oaxaca, lo que permitió obtener el resultado favorable en la audiencia de control de detención y comunicación de imputación que se desarrolló este 4 de septiembre de 2024, en contra de dos personas del sexo masculino identificadas como A.R.P. y J.J.S.C., por el delito de ejecución extrajudicial de un hombre identificado como D.I.P.

Con la imputación de los dos elementos de la Policía Municipal de Santa Lucía del Camino, es la primera vez en Oaxaca, y primer caso en México, en que se inicia una investigación ministerial por el delito de Ejecución Extrajudicial, pues es un delito que recientemente fue tipificado, apenas en junio de 2024, luego de pasar por el Congreso Local.

Por ello, el organismo procurador de justicia, a través de la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos de Alto Impacto ha realizado los actos de investigación gracias a los cuales se han reunido las pruebas suficientes para realizar la imputación de este caso paradigmático.

Además, que en el proceso de procuración de justicia se prioriza la aplicación de la perspectiva de derechos humanos, por ello, dentro de la integración de la carpeta y la imputación se implementaron las directrices del Protocolo de Minnesota como criterio orientador ante la sospecha fundada que probablemente existió un uso ilegal de la fuerza pública.

Por mandato constitucional, la Fiscalía de Oaxaca está obligada a investigar de forma pronta, efectiva, exhaustiva, independiente, imparcial, transparente y con apego a los derechos humanos toda muerte potencialmente ilícita en la que exista una sospecha fundada de la intervención de un agente del Estado, pues tiene la responsabilidad de brindar a las víctimas directas e indirectas un proceso de procuración de justicia adecuado.

Para la Fiscalía General del Estado de Oaxaca es prioritario garantizar a las víctimas directas e indirectas, el acceso a procesos de procuración de justicia adecuados que permitan acceder a la reparación del daño, así como garantizar su derecho a conocer la verdad de lo ocurrido, derecho que es transversal para la comunidad, la cual también sufre los efectos de este tipo de conductas, pues se vulnera la confianza en las autoridades lo que hace necesario acciones que permitan una adecuada rendición de cuentas.

Los hechos ocurrieron durante la madrugada del sábado 31 de agosto de 2024, cuando dos personas del sexo masculino, identificadas por las iniciales C. J. R. M. y D. I. P., viajaban a bordo de un automóvil y llegaron al punto de verificación de un operativo de alcoholímetro, colocado sobre la Avenida Lázaro Cárdenas, suceso a partir del cual derivaron las conductas tipificadas como delitos.

La Fiscalía General del Estado de Oaxaca refrenda su compromiso de trabajar de forma objetiva, expedita e imparcial para que este hecho no quede impune, de la misma manera en que se brinda la atención en todos los casos de delitos de alto impacto, para establecer la verdad jurídica de los hechos y que las víctimas directas e indirectas tengan pleno acceso a la justicia.

Entradas relacionadas

Deja tu comentario